Cada año mueren en España 50.000 personas por
enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco. El coste
económico y social que esto suponen ha llevado a gobiernos y
sociedad a afilar las armas para combatir un enemigo
aparentemente inofensivo y fuertemente enraizado en el
subconsciente colectivo.
Para facilitar la lucha contra esta plaga del nuestros
días, el actual Ejecutivo ha presentado un anteproyecto de
ley que prevé sanciones de hasta 600 euros a los fumadores
que incumplan la normativa antitabaco. Esta medida se
aplicaría si el fumador en cuestión encendiera su pitillo o
pipa en los lugares en los que exista prohibición total de
fumar, como en centros de trabajo, sanitarios, docentes y
medios de transporte, entre otros. En el caso de tratarse de
un menor de edad, el anteproyecto entiende que los padres o
tutores del infractor pagarían solidariamente la multa o
bien se establecerían medidas reeducadoras.
La infracción del fumador se considera leve y la
reincidencia no es punible, sin embargo, el baremo del
anteproyecto de ley contempla la existencia de infracciones
graves, como las derivadas de vender o entregar a menores de
18 años productos que imiten productos de tabaco o induzcan
a fumar, la venta de cigarrillos y cigarritos por unidades
individuales o el emplazamiento de máquinas expendedoras en
el exterior de locales o áreas anexas de los mismos. Este
tipo de infracciones podrían ser multadas con sumas que van
de los 601 a los 10.000 euros.
Pero las sanciones más altas –que pueden llegar al millón
de euros- corresponden a las infracciones estipuladas como
'muy graves', dentro de las cuales se encuentran,
fundamentalmente, aquellas actividades destinadas a la
entrega, venta o promoción de productos de tabaco a menores
de 18 años.
El objetivo del Gobierno es que la ley entre en vigor el
1 de enero de 2006. La vigilancia del cumplimiento de la
misma corresponderá a los órganos competentes de cada
comunidad autónoma, que podrán actuar 'de oficio o a
instancia de parte'. La excepción a esta labor de control
serán las infracciones cometidas a través de los medios de
comunicación a nivel estatal, caso en el que actuará el
Ministerio de Industria.
La única excepción prevista por la ley es el ámbito
carcelario, donde estará permitido vender tabaco y será
posible habilitar zonas para fumar. De igual manera podrán
crearse espacios destinados a fumadores en locales de
hostelería de más de cien metros cuadrados y aeropuertos.
Dichas áreas deberán señalizarse con claridad y dispondrán
de sistemas de ventilación independiente.
La batalla antitabaco no se libra sólo en suelo español.
El problema del tabaco ha sido tomado muy en serio por
numerosos países. La Comisión Europea recomienda cinco
acciones que deberían estar presentes en cualquier programa
contra el tabaquismo: incremento de precio del tabaco
mediante elevadas imposiciones de tasas, establecer
prohibiciones de la publicidad, restricción del consumo en
lugares de trabajo, informar al consumidor apropiadamente e
incluir avisos en los paquetes de productos derivados del
tabaco.
Uno de los países que ya ha comprobado la efectividad de
estas medidas es Finlandia. El país nórdico implementó el
Acta del Tabaco a partir de los años 70; esta ley prohibió
el consumo de tabaco en los lugares públicos así como la
publicidad de derivados de esta planta. Actualmente, los
finlandeses son los que menos fuman de la UE y se ha
observado una reducción de las enfermedades ligadas al
tabaco, como el cáncer de pulmón.
Decenas de miles de kilómetros más al Este, en el pequeño
reino de Bután, junto a la India, las medidas contra esta
droga han llegado hasta el punto de prohibir totalmente la
venta de tabaco y la posibilidad de fumar en público.
Aspirar el humo de un cigarro se ha convertido en este país
asiático en una cuestión restringida al ámbito doméstico y
la adicción a la nicotina se ha transformado en lujo: si se
desea importar tabaco, el impuesto que ha de pagarse será
del 100%. (Yahoo.news)