El
nuevo reglamento, que entrará en vigor al mes siguiente de su
publicación en el BOE, modifica el actual de 1992 y se adapta a las
últimas modificaciones legislativas, entre ellas las de la Ley de
Tráfico y Seguridad Vial de 2001.
Así, la nueva normativa prohíbe el uso del teléfono móvil y de
cualquier otro medio de comunicación, salvo si ésta puede realizarse
sin emplear manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos
similares, tal y como establece la Ley de Tráfico.
Tampoco se permite la instalación en los vehículos de sistemas de
detección de radares ni de dispositivos que puedan distraer la
atención del conductor, tales como pantallas con acceso a Internet,
monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD, excepto
aquellos que sean necesarios para maniobras y GPS.
El reglamento hace especial hincapié en la protección de los
ciclistas, que podrán circular sin mantener la separación entre ellos,
aunque con la máxima precaución, y en paralelo -en columna de a dos-,
siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en
uno en los tramos de poca visibilidad.
En las autovías, los ciclistas sólo podrán circular por el arcén si
son mayores de 14 años y las señales no lo prohíben, y deberán llevar
una prenda reflectante cuando circulen por una vía interurbana en el
tramo horario en que es necesario el alumbrado.
Otra de las medidas que introduce el nuevo reglamento es la
prohibición a los autobuses de circular a más de 80 kilómetros por
hora por las vías interurbanas cuando viajen pasajeros de pie.
Si un vehículo no puede alcanzar la velocidad mínima exigida en la
carretera por la que circule, deberá utilizar durante la marcha las
luces de emergencia para evitar el peligro de colisión.
El actual reglamento prohíbe repostar con el motor y el alumbrado
encendido, pero la nueva normativa lo amplía a la radio y el teléfono
móvil, que también deberán estar apagados mientras se llena el
depósito.
Los peatones no podrán circular por las autovías -antes sólo se
prohibía en las autopistas-, ni hacer auto-stop.
También se regula el sistema de señales de los agentes de Tráfico, que
a partir de la entrada en vigor de la normativa podrán utilizar una
luz roja o amarilla intermitente para indicar al conductor que circule
delante que detenga el vehículo al lado derecho.